Medidas para Autónomos y Pymes ante la crisis del Coronavirus

Sin duda la incertidumbre que ha despertado en los diferentes sectores económicos la crisis sanitaria del Coronavirus, permite proyectar una crisis económica en todos los niveles de producción. Ante esa inminente realidad ya empiezan a diseñarse las primeras ayudas para los Pymes y autónomos, dos de los sectores que se verán más golpeados ante una realidad que ha frenado por completo sus niveles de producción.

La pandemia del Coronavirus ha obligado a detener diferentes motores de producción en sectores de la economía como pymes y autónomos, que nunca pensaron tener que frenarse de esta manera. La prevención ha sido la prioridad para minimizar la crisis sanitaria, a la par de desarrollarse otro tipo de crisis, la económica. Ante eldilema que ya han manifestado estos sectores, una serie de mecanismos de ayuda han empezado a ser anunciados por parte del Ejecutivo español.

En cuanto a prestaciones y ayudas, los autónomos y pymes podrán disfrutar en primera instancia de la intervención de la banca, que planifica liberar una cifra superior a los 70.000 millones en créditos que cubran los diferentes escenarios de estos dos colectivos. Este ejemplo ha inspirado a otras empresas para postergar el cobro de sus facturas pendientes con la finalidad de alivianar el panorama laboral actual.

Los Pymes no quedarán a la deriva por el Coronavirus

Las pequeñas y medianas empresas son uno de los sectores que sufren con más fuerza la crisis que deja el Coronavirus,  debido al cierre inminente anunciado por el gobierno español desde el pasado 13 de marzo. En ese primer comunicado se estableció como principal ayuda a los Pymes el aplazamiento del pago de impuestos, una flexibilidad inédita que Hacienda tomará con respecto a las cuotas de IVA, retenciones del IRPF o pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades.

Este beneficio que pueden disfrutar los Pymes aplicará a todos los negocios que no hayan superado la barrera de los 6,010 millones de euros específicamente en el 2019. También entrarán en vigencia una serie de declaraciones-liquidaciones, así como la figura de autoliquidaciones contempladas entre el 13 de marzo y el 30 de mayo de 2020, así como el IVA, retenciones y pagos fraccionados de febrero, marzo y abril.

En este mismo orden de ayudas, se propone aplazar el reembolso de préstamos menores a los seis meses de solicitud que hayan sido concedidos por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. Mientras que el Ministerio de Ciencia, a través del CDTI, propone eliminar las garantías para solicitar ayudas de proyectos de I+D+I para los sectores de la investigación.

Figuras como la prestación por desempleo ERTE ante un episodio inédito como el que deja el Coronavirus en España empiezan a ser aplicadas, específicamente con la exoneración de las empresas durante sus periodos de suspensión de jornada, un beneficio para Pymes que cuenten con menos de 50 trabajadores. Las comunidades autónomas también contarán con ayudas diseñadas específicamente para sus diferentes escenarios económicos.

Las ayudas que podrán solicitar los autónomos tras el paso del Coronavirus

Ha sido el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones el que ha dado el primer paso para anunciar las ayudas que beneficiarán a los autónomos para responder la incertidumbre que deja la crisis sanitaria del Coronavirus. Inicialmente se han establecido prestaciones extraordinarias dirigidas a cualquier trabajador por cuenta propia, que se vea afectado por la caída mensual de hasta un 75% del flujo comercial de su negocio.

Este beneficio cubrirá a todos los autónomos individuales o con trabajadores a cargo, que están dados de alta con alguno de los regímenes, así como deberá estar al día con todos los pagos de las cotizaciones sociales, e incluso beneficiará a aquellos que tengan deudas con la Seguridad Social, pero que cumplan con sus cuotas en un plazo menor a los 30 días para poder disfrutar de esta prestación.

En el caso de aquellos autónomos que decidan cesar su actividad, no tendrán que renunciar a esta prestación que se cataloga como extraordinaria, e incluso podrá ser cotizada por los autónomos que no hayan detenido su actividad, pero que, de igual forma, registran una facturación menor al 75%. El beneficio para todos será un equivalente al 70% de su base reguladora, al menos por un primer mes, con posibilidad de ampliación según evolucione la crisis sanitaria.

Esta medida puede ser solicitada desde el 18 de marzo, fecha que se tomará como inicio del cierre de negocios, mientras que aquellos que deban aportar acreditación por la caída de su facturación mensual, tendrá vigencia desde que se puedan presentar estos documentos ante los entes pertinentes.

Deja un comentario